Comité Directivo de la FNC aprueba medidas comerciales ante posible afectación de la calidad del café por El Niño
Comité Directivo de la FNC aprueba medidas comerciales ante posible afectación de la calidad del café por El Niño
Bogotá, febrero 19 de 2024 En su última sesión, el Comité Directivo de la Federación Nacional de Cafeteros, FNC, conformado por representantes de los cafeteros de todo el país, y el Gerente General, Germán Bahamón, se anticiparon a proteger el ingreso de los caficultores ante la posible afectación que pueda darse en la cosecha por el aumento en el contenido de pasilla, como consecuencia del fenómeno de El Niño, definiendo una serie de medidas complementarias al actual esquema de comercialización del café.
El sistema de compra empleado por la FNC está orientado y definido para reconocer el mejor precio posible al productor, el cual permite:
o Reconocer y pagar el 100% del contenido total de excelso y pasilla contenida en el café pergamino.
o Reconocer como excelso el 100% de la almendra sana retenida sobre la malla 13.
o Incorporar y pagar en la liquidación, hasta 20 brocas de punto como excelso.
Como medida complementaria, el Comité Directivo de la FNC aprobó implementar un sobreprecio expresado en pesos por carga de CPS, según el porcentaje de afectación por grano averanado que presente el café pergamino, de acuerdo con el siguiente esquema progresivo:
Condiciones generales
- Esta medida comercial para proteger el ingreso de los productores, aplica para las compras a las Cooperativas de Caficultores, Grupos Asociativos y compras directas de la FNC.
- La FNC verificará el cumplimiento en todo el país de estas medidas.
- Esta disposición estará sujeta a cambios durante el periodo de vigencia que inicia el próximo 26 de febrero y se extiende hasta el 30 de junio de 2024.
El Comité Directivo de la FNC invita a todos los actores de la cadena de comercialización a aplicar de manera efectiva estas medidas en beneficio de las 552 mil familias productoras de café en Colombia y hace un llamado especial a las cooperativas de caficultores a realizar las compras reconociendo los criterios definidos por la Federación.