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Compañero permanente – Cédula Cafetera
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Compañero permanente
- Acreditar dicha unión por medio de una declaración extrajuicio ante notario, juzgado o centro de conciliación o escritura pública, en la cual se indique que tiene más de 2 años de convivencia con la compañera(o) permanente.
- Formato de Otorgamiento de Cédula Cafetera debidamente diligenciado. Para tal efecto deberá anexar el formato FE – FG-F 035 Formato de Autorización de Otorgamiento de Cédula Cafetera debidamente diligenciado.
Declaración Extrajuicio de Explotación del Predio por el Beneficiario del Otorgamiento de Cédula Cafetera. Para tal efecto deberá anexar el formato FE – FG-F 037 Declaración Extrajuicio de Explotación del Predio por el Beneficiario del Otorgamiento de Cédula Cafetera debidamente diligenciado.
Nota:
- La renuncia del Otorgante a su cédula cafetera sólo le concede al Beneficiario los derechos gremiales (elegir y ser elegido), inherentes a la calidad de federado. Por lo cual en este caso el beneficiario accederá a Cédula Cafetera Tradicional, documento que solo es gremial y no se encuentra asociado a una cuenta bancaria.
- A partir de la fecha de la renuncia, el Otorgante no podrá volver a ejercer en su nombre los derechos gremiales y en consecuencia, su cédula cafetera se cancelará. Sólo podrá existir una cédula cafetera por predio.
- La condición de Beneficiario se otorgará por un término mínimo de seis (6) meses.
- Se perderá la condición de Beneficiario cuando se pierda o termine el vínculo de cónyuge o compañera(o) permanente del Otorgante o cuando el Otorgante lo decida (después de los 6 meses) salvo que el Beneficiario tenga la calidad de representante gremial, caso en el cual subsistirán sus derechos hasta que pierda la condición de representante gremial. Para cancelar el otorgamiento se deberá anexar el formato FE-FG-F-036 Formato de pérdida y o cancelación de la condición de beneficiario de la cédula cafetera debidamente diligenciado.