Resolución

En cumplimiento de la regulación aduanera vigente Capítulo XIII del Decreto 1165 de 2019 y la Resolución reglamentaria No. 01 de 2002 del Comité Nacional de Cafeteros, la FNC es la entidad encargada de llevar el Registro Nacional de la industria de Café y de establecer los requisitos para la inscripción de tostadoras, trilladoras y fábricas de café soluble en Colombia.

Registro y renovación de resolución de inscripción como torrefactora o fábrica de café soluble:

A partir del 2023 el proceso de registro y renovación para obtener la inscripción de planta torrefactora o fábrica de café soluble se realizará únicamente a través de la página web dispuesta por la Federación Nacional de Cafeteros.

En este aplicativo la empresa podrá administrar su registro desde la inscripción, renovación, actualización de datos y encontrará información relevante como instructivos y circulares.

Esta plataforma está dispuesta tanto para la administración de la inscripción de la planta torrefactora o fábrica de café soluble, así como para las plantas trilladoras, y el registro de exportador, por lo cual solo se admite una cuenta administradora por NIT, es decir que desde una cuenta se pueden administrar los diferentes registros asociados al mismo NIT.

Le recomendamos leer atentamente las instrucciones de administración y acceso a la página de registro.

Tenga en cuenta que debe diligenciar un formulario y anexar los siguientes documentos en formato PDF:

  • Cámara de Comercio, no mayor a 30 días (debe contener el registro Invima y la actividad económica relacionada con café).

La renovación debe tramitarse cada año entre el 1° de enero y el 30 de abril, únicamente a través de la plataforma de registro.

Instrucciones si va a hacer el registro de tostador por primera vez.

Instrucciones para la renovación de su registro como tostador.

REGÍSTRESE AQUÍ

Entrar
Este registro ante la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia no tiene costo.

Remita sus inquietudes al correo: Ici.Registro@cafedecolombia.com

Informe Estadístico Mensual

De acuerdo con el artículo 8 de la Resolución 1 de 2002 del Comité Nacional de Cafeteros, en concordancia con el artículo 421 del Decreto 1165 de 2019 del Ministerio de Hacienda, toda la industria torrefactora y plantas de café soluble deben estar registradas ante la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y entregar mensualmente el Informe de la Industria. Recuerde que el usuario y contraseña es asignado por la Federación, únicamente a las empresas registradas.

Para hacer su Informe Estadístico Mensual de la Industria Torrefactora y Fábricas de Café Soluble debe ingresar al siguiente portal: 

Informe Estadístico Mensual

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Nombre: Regulación Cafetera

Dirección: Calle 73#8-13

Télefono: (57+1) 313 6600 Ext. 1189 / 1177

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