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Se entiende como Propietario a la persona natural o jurídica que aparece registrada como tal en la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. La propiedad se prueba únicamente con el Certificado de Tradición y Libertad emitido por dicha Oficina. Un inmueble puede tener varios propietarios.
Para que un propietario sea registrado como Productor de Café Federado y en consecuencia pueda Obtener la Cédula Cafetera deberán anexar los siguientes documentos:
Persona Natural:
Persona Jurídica: